El CADE Nerva recuerda a autónomos y mutualistas que aún pueden beneficiarse de la Ayuda de 300 euros a fondo perdido que concede la Junta

por Juan Antonio Hipólito Domínguez / 07 de Mayo de 2020 / Publicado en Economía

El CADE Nerva informa que, aún estas en disposición de solicitar la Ayuda de 300€, a fondo perdido, que la Junta de Andalucía concede dentro de las Medidas de apoyo a las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas para cubrir los gastos a los que el colectivo sigue haciendo frente, como por ejemplo las cuotas de la Seguridad Social. Aquellos que no hayan podido solicitar la Prestación Extraordinaria por Cese de Actividad del Estado, y cumplan el resto de condiciones, pueden al menos beneficiarte de esta Medida de Apoyo de la Junta de Andalucía.

Entre los beneficiarios de estas ayudas se encuentran todas aquellas personas autónomas, trabajadores por cuenta propia o mutualistas que se mantengan de alta y no hayan optado a las ayudas por cese de actividad, o que encontrándose entre los servicios esenciales, han visto mermada su facturación.

Requisitos:

Ser trabajador por cuenta propia o autónomo con residencia y domicilio fiscal en Andalucía.

Estar dado de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por cuenta propia o Autónomos o en la mutualidad alternativa correspondiente.

Aquellos autónomos que tengan en su declaración de la renta de 2018 una base liquidable general y del ahorro que no supere tres veces el Salario Mínimo Interprofesional para 2020 (unos 39.900  euros anuales en caso de renta individual y unos 53.200 en el caso de tributación conjunta) o la parte proporcional que corresponda si el alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o en la mutualidad alternativa, en su caso, haya sido inferior a 365 días durante dicha anualidad. No afectará dicha prohibición a aquéllas personas que iniciaron su actividad, y por tanto, causaron alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o en la mutualidad alternativa, a partir del 1 de enero de 2019).

No haberse acogido a la prestación extraordinaria por cese de actividad del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

Más Información en CADE NERVA. 959079070. cade.nerva@andaluciaemprende.es

 

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